El uso de las mascarillas en los transportes públicos ha dejado de ser obligatorio este miércoles, una vez publicada en el Boletín Oficial de Estado la modificación de la normativa aprobada en el Consejo de Ministros. No obstante, aún hay ciertos espacios en los que este sistema de protección frente a la Covid-19 seguirá siendo obligatorio.
- En el interior de establecimientos de farmacia, tanto los usuarios como los profesionales deberán llevar la mascarilla desde que entran hasta que salen del establecimiento, como se venía haciendo hasta ahora.
- En los hospitales y centros de salud, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes. La única excepción es las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
- En las residencias de mayores, para las personas que trabajen en ellos siempre que estén en contacto con personas residentes o en zonas compartidas con esas personas, y para los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
- Y en otros espacios como clínicas dentales y otros centros sanitarios, a excepción de las ópticas, ortopedias y centros de audífonos, donde ya no será obligatoria.
En el centro de estancia diurna de Alhmer, trabajadores, voluntarios y visitantes seguirán llevándolas, así como los usuarios durante el transporte, y en todo momento que la requieran.
En el Centro Fahala, usuarios, trabajadores y visitantes también seguirán usándola.
Por otra parte, si bien en el ámbito laboral «no son obligatorias», en la normativa se plasma la posibilidad de que los servicios de riesgo y prevención de las empresas puedan decidir, si así lo consideran oportuno, obligar a sus trabajadores a usar las mascarillas.
Este fin de la obligatoriedad de las mascarillas en el transporte público coincide con la mejor situación epidemiológica desde que hace tres años comenzó la pandemia. En cuanto a la vacunación, un 93% de la población mayor de 12 años cuenta con dosis completa.